http://www.rebelion.org/noticia.php?id=96069
Una propuesta radical (que va a la raíz), a partir de las preguntas pertinentes: ¿para qué hace falta en realidad el Derecho Penal, en un ámbito tan protegido por la vía del Derecho privado, como es la de los derechos de propiedad intelectual? ¿porque las conductas sean en verdad lo suficientemente graves (sistémicamente desestabilizadoras, en mi concepción), o más bien, sobre todo, para hacer cumplir al Derecho Penal funciones -en principio- colaterales, tales como, en relación con algunos (páginas web), la intimidación a través del proceso penal ("pena de banquillo") y, para otros (inmigrantes del "top manta"), el control social represivo de extranjeros "sin papeles"?
De algún modo, lo que se pone de manifiesto en este caso (pero no es el único) es que, cuando realizamos valoraciones político-criminales, erramos si nos limitamos a valorar la función (en teoría, la principal) represiva directa, a través de las penas, que las prohibiciones penales cumplen en relación con las acciones que prohíben. Y no tomamos en consideración que, a veces (los delitos de tráfico de drogas y de ocupación pacífica de viviendas serían otros dos ejemplos paradigmáticos), importan más de hecho los efectos aparentemente "colaterales" de la prohibición penal.