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sábado, 13 de diciembre de 2025

Javier Cigüela Sola: Los medios del Derecho penal



El libro que hoy comento (Trotta, 2025) tiene un enfoque poco frecuente (y, hasta donde alcanzo a ver, único en el ámbito hispanohablante): examinar la evolución de la justicia penal a la luz de los medios de comunicación que esta ha empleado y emplea; y, desde esta perspectiva, identificar qué es lo que ha cambiado/ está cambiando con la aparición y consolidación (ya no tan) nuevos medios, como son internet, las redes sociales, la inteligencia artificial, etc. La tesis fuerte de partida (que personalmente comparto) es de índole materialista, en el sentido menos burdo del término: la idea de que las herramientas técnicas disponibles en cada momento -aquí, para administrar justicia penal- condicionan y limitan las prácticas sociales (el funcionamiento de la institución de la justicia penal) y la cultura que las orienta (los discursos en torno al delito, la justicia penal y el castigo).

Después de una presentación general de este planteamiento de partida, la obra va examinando las distintas etapas en la evolución de las técnicas de comunicación (oralidad, escritura, imprenta, medios audiovisuales, internet), señalando sus características técnicas, sus efectos socioculturales y cómo todo ello acaba por impactar sobre la justicia penal, tanto en la práctica como en los discursos que la acompañan y guían. Todo ello, además, con un dominio absoluto de la bibliografía (criminológica, sociológica y jurídica), básicamente extranjera, que hasta ahora se ha publicado sobre el tema.

Nos hallamos, pues, ante una obra magna, de referencia imprescindible para cualquier estudio que, a partir de ahora, se realice sobre el tema o cuestiones conexas: bien sea en el ámbito de la Teoría de la Comunicación, en el de la Sociología, en el de la Criminología, en el de la Ciencia Política o en el de la Política Criminal, en todos los casos encontrará el lector ideas iluminadoras, recomendaciones de lectura bien elegidas y materia para reflexionar, discutir y discrepar. Que es lo que los buenos libros de pensamiento deben proporcionar. En mi caso, desde luego, mucho he aprendido leyéndolo.

Puestos a realizar alguna observación crítica, a mí únicamente se me ocurre señalar las limitaciones del método de análisis y exposición elegido. (Lo cual, por cierto, no es tanto una crítica como la formulación de un deseo: de otro libro posible, o del complemento que siento que este necesitaría.) El trabajo, en efecto, opta (y así explícitamente lo señala el autor en su introducción metodológica) por construir una gran narrativa, en la que se examina y presentan largas etapas históricas caracterizadas -en el tema objeto de estudio- por una estabilidad de larga duración en cuanto a sus rasgos identificativos (la longue durée, de la que hablara Fernand Braudel). Ello significa que, por necesidad, la descripción de cada época es eminentemente impresionista: se destacan rasgos diferenciales que se consideran especialmente relevantes o prominentes, en comparación con épocas anteriores o posteriores. Y, efectivamente, el cuadro de rasgos resulta ser, en cada caso, convincente: colocado en el correspondiente momento histórico, el/la lector/a podrá enseguida reconocer dichos rasgos; o, incluso, reconocerse en ellos.

Lo que ocurre, sin embargo, es que, con esta forma de analizar y de exponer, a uno le cuesta saber:

1º) Cómo de extendido está, en cada momento, un determinado rasgo de los que se destacan. Así, por ejemplo, ¿cuánto afecta verdaderamente la tendencia de las redes sociales a generar procesos de justicia paralela a la justicia penal formal (mediante el señalamiento, la estigmatización, la condena moral, etc.) al funcionamiento del sistema penal? Que el fenómeno existe es indudable. Pero, para poder evaluar su trascendencia real, necesitaríamos de datos cuantitativos. Sin ellos, nos quedamos en meras impresiones. Y el problema de las impresiones es que nuestro sistema perceptivo está diseñado para centrar su atención en lo más llamativo y novedoso; que no necesariamente siempre es lo más importante desde un punto de vista causal.

2º) Cuál es la descripción más adecuada de los mecanismos causales que producen los fenómenos que se describen. En otro ejemplo: ¿es la conducta ciudadana en las redes sociales la que modifica el comportamiento de los agentes políticos que determinan las políticas penales o, por el contrario, son los discursos que estos agentes promueven (en las redes sociales, entre otros lugares) los que modifican la actitud ciudadana en esas mismas redes respecto de la desviación social, el delito, la justicia penal y el castigo? Para responder a esta pregunta, necesitaríamos estudios longitudinales, estudios comparativos,... en suma, estudios que nos proporcionen pruebas sobre el sentido de la causalidad.

Desde luego, todo lo que acabo de exponer en nada desmerece la excelencia del libro, que ya he señalado. Aunque, obviamente, sea interesante ser conscientes en todo momento de qué es lo que la investigación demuestra y qué, en cambio, no, para saber qué investigaciones siguen estando pendientes.


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