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domingo, 20 de septiembre de 2020

Javier Cigüela Sola: Reconocimiento, delito y pena: de Hegel a Honneth

G. W. F. Hegel

http://politcrim.com/wp-content/uploads/2020/06/Vol15N29A7.pdf

En este artículo, Javier Cigüela explora las potencialidades críticas de la filosofía hegeliana del Derecho Penal, de la mano de la reconstrucción por parte de Axel Honneth (tan vinculado a la teoría crítica) de la idea de reconocimiento.

En efecto, como señala el autor, frente a las usuales lecturas conservadoras del efecto de aplicar la filosofía del Derecho de G. W. F. Hegel a la cuestión de las funciones del Derecho Penal, de los fines de las penas y de la naturaleza del delito (el prototipo de esta lectura conservadora sería, modernamente, la construcción teórica, dogmática y político-criminal de Günther Jakobs y de buena parte de sus discípulos), cabe también una interpretación más crítica: si, según Hegel, el Derecho racional (= justo) propio de una sociedad civil se basa en la igualdad jurídica y en el mutuo reconocimiento de la personalidad de tod@s l@s ciudadan@s, entonces de ello puede seguirse -en una interpretación crítica- que ni el infractor de la norma jurídica que se halla en una situación de desventaja (marginación, pobreza, privación de derechos) obra de forma reprochable, ni tampoco en tal caso el Estado y su ordenamiento jurídico poseen legitimidad alguna para sancionarle.

Nada nuevo, desde luego, para quienes mantenemos una visión crítica de lo que representan el Derecho y el poder punitivo estatal. Interesante, no obstante, sobre todo por venir de dónde viene: de una concepción del Derecho (sedicentemente hegeliana: comunicativa, sí, pero extremadamente idealista) que usualmente produce resultados mucho más conservadores, al servicio de la justificación irrestricta de (casi) cualquier decisión político-criminal adoptada por el legislador democrático (por muy inmoral o irracional que resulte).


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