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miércoles, 18 de marzo de 2020

Malcolm M. Feeley: Criminal Justice as Regulation



En este trabajo, Malcolm M. Feeley reflexiona, a partir de datos empíricos y de su experiencia de diálogo con jueces penales en activo, acerca de la función que efectivamente cumple la jurisdicción penal en la regulación de problemas sociales, que hace que de hecho en muchas ocasiones su aparentemente primera finalidad, la adjudicación de conflictos interpersonales, quede en un segundo plano. Así, pone de manifiesto cómo, en el caso de infracciones penales no demasiado graves (que son las que en todas partes constituyen la abrumadora mayoría de los casos que llenan los juzgados y tribunales), esta función de regulación conduce a la búsqueda por parte de jueces, fiscales y abogados, en los intersticios de las normas procesales y sustantivas, de soluciones desformalizadas y generalmente menos punitivas de lo que los hechos probados y el Derecho sustantivo exigiría: retirada de acusaciones, juicios de conformidad (plea bargaining), peticiones de penas menores, reparación del daño, etc.

Observa además que la valoración que el cumplimiento de dicha función merece resulta necesariamente ambivalente: de una parte, en efecto, en muchas ocasiones parece muy razonable, desde el punto de vista de la racionalidad instrumental, atender antes al problema social subyacente al conflicto que centrarse en solucionar el conflicto mismo que se le presenta explícitamente al tribunal; no obstante, también es cierto que, dado que ello suele hacerse sin un marco normativo que ampare, norme y limite dichas prácticas,  existen serios riesgos que el rol del juez como regulador de problemas sociales acaba reproduciendo arbitrariedades (en el caso individual) y las relaciones de poder (en términos colectivos) existentes. Produciendo, así, en la solución de los casos penales, antes prácticas de poder y de gubernamentalidad que auténtica administración de justicia (en ningún sentido propio de la expresión.)

Una lectura muy interesante, pues, por su aproximación a facetas de la práctica judicial penal que habitualmente quedan ocultos al análisis dogmático (e incluso al criminológico) y que, sin embargo, deberían hacernos reflexionar sobre tantas cuestiones: función del Derecho Penal sustantivo y del proceso penal, fines de las penas, relación entre Derecho Penal, Derecho Administrativo y Derecho Privado, en Derecho y otras políticas públicas, etc.


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