X

Formulario de contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

sábado, 22 de diciembre de 2018

Prisión permanente revisable y prevención de delitos violentos: una entrevista


Ayer me hicieron una entrevista para el grupo de medios de Prensa Ibérica. Reproduzco aquí el cuestionario completo, con mis respuestas:

1. ¿Por qué la Prisión Permanente Revisable no es útil? ¿En qué se basa esta afirmación? 

La pena de prisión permanente revisable es un ejemplo de libro de cómo políticos mal informados y ansiosos por hacer ver que se enfrentan a un problema buscan una solución simple, cara e inútil al mismo. El problema real es el de los delitos más violentos: en España, por fortuna (o, más bien, gracias al grado de cohesión social que proporcionan las familias, el Estado del Bienestar, etc.), estamos en uno de los países con menor tasa de homicidios del mundo; y, además, en un país en el que prácticamente todos los homicidios se resuelven, identificándose y condenándose al culpable. Pese a ello, es inevitable que haya algunos homicidios; y algunos especialmente violentos o crueles (de los que, por cierto, suelen ser víctimas mujeres y niños y niñas, ya que la violencia también tiene sesgo de género). 

Por lo tanto, no se trata de minimizar el problema (aunque en realidad sea pequeño en número, cada caso es muy dramático, por su crueldad, para las víctimas, para sus familiares y para toda la sociedad), sino de cuestionar que la solución que se ha buscado sea útil. Porque la pena de prisión permanente revisable está pensada (mal pensada) para enfrentarse al desafío de los delincuentes muy peligrosos e imposibles de reinsertar: mantener al penado en prisión mientras no se reinserte, ese es su principio. El problema es que: a) el 99 % de los autores de asesinatos agravados (a los que es aplicable la pena) es el primer delito grave que cometen; b) la tasa de reincidencia en los delitos de homicidio y de asesinato es próxima a cero. En este sentido, el caso de Bernardo Montoya es absolutamente excepcional, ya que todos los demás casos que están siendo enjuiciados o lo han sido por asesinato agravado eran casos de primer delito de homicidio. Y para estos casos, la pena de prisión permanente revisable es complemente inútil. 

En resumen, con la pena de prisión permanente revisable se mantendrá en prisión indefinidamente a personas que, aun habiendo cometido graves delitos, es harto improbable que reincidan; y, en cambio, la pena es inútil para el problema real (aunque pequeño en número de casos) de los delincuentes muy peligrosos y difíciles de resocializar, ya que, al aplicarse únicamente a posteriori, no logra ni identificarlos ni neutralizar su peligrosidad. 

2. ¿Es inconstitucional?

Yo creo que la pena de prisión permanente revisable, tal y como ha sido regulada en el Código Penal español, es claramente inconstitucional. Primero, porque una pena de duración indefinida pone en cuestión la posibilidad de reinserción social de los penados, posibilidad que viene exigida por el art. 25.2 de la Constitución. En efecto, una pena indefinida hace casi imposible que se realicen en serio, dentro de la prisión, programas de reinserción social con garantías (¿cómo pensar en serio en reinsertarse en la sociedad si no se sabe si se va a salir de prisión alguna vez?). 

En segundo lugar, la duración efectiva de la pena de prisión permanente revisable no depende del delito cometido, sino de otros datos, que tienen que ver con la personalidad del delincuente. Esto, en mi opinión, viola el principio de igualdad ante la ley. En un ejemplo: dos asesinos confesos de sus hijos pequeños, uno de clase alta y otro perteneciente a una familia de precarios y desempleados. ¿A quién es más probable que se considere apto para la suspensión de la pena y para salir en libertad? Y, sin embargo, los dos han cometido el mismo delito… 

Por fin, la regulación legal concreta de la pena en el Código Penal es tan indeterminada que crea una inseguridad jurídica insoportable: es inaceptable (e inconstitucional) que la decisión sobre si vas a seguir o no en prisión toda tu vida dependa de criterios absolutamente vagos, como los que el Código prevé, interpretados además por el tribunal que te juzgó y sentenció hace al menos 25 años (y en el que, presumiblemente, no habrá ya nadie que conozca tu caso ni te haya visto en la vida). 

3. ¿El Código Penal español está preparado para delitos como el de Diana Quer o Laura Luelmo? 

Si la pregunta es sobre si las penas del Código Penal español son suficientemente graves como para disuadir a la mayoría de las personas de cometer dichos delitos, la respuesta es que sí: las penas del Código español para el homicidio y para el asesinato y, más todavía, para los delitos sexuales son muy graves y la persona que comete estos delitos sabe que va a pasar varias décadas de su vida en la cárcel. 

Asimismo, como antes señalé, la probabilidad de salir impune de una violación o de un asesinato es en España bajísima: casi con toda probabilidad, el delincuente va a ser identificado, juzgado y condenado. 

Ahora bien, es importante ser conscientes de que lo único que puede asegurar el Código Penal es que los delincuentes sean identificados, juzgados y condenados. No puede, en cambio, impedir que algunas personas estén dispuestas a asumir ese riesgo y a cometer delitos gravísimos. Para esas personas, da igual lo grave que sea la pena: ni la pena de muerte, allí donde existe, les disuade de actuar. 

Por ello, es importante hacer entender a la ciudadanía que el problema de la violencia contra mujeres y menores no se soluciona solo con más policía o con penas más graves: es imprescindible otro tipo de medidas: educativas, preventivas, promoción de la igualdad, campañas contra el sexismo, etc. que reduzcan al mínimo la probabilidad de que haya personas dispuestas a arrostrar el riesgo de ser encarceladas de por vida para, pese a todo, violar y matar. Afortunadamente, ya ahora en España no son muchas esas personas. Para reducirlas, no basta con policías y penas, hace falta tener una sociedad más justa, más igualitaria y menos violenta. 

4. ¿Cuáles son las claves de la reinserción? ¿Asesinos sexuales, parricidas, asesinos por violencia machista… son capaces de reinsertarse? 

Como señalé antes, la abrumadora mayoría de asesinos, violadores, etc., si son sometidos a tratamientos resocializadores adecuados y se les da la oportunidad de reinsertarse en la sociedad, se reinsertan. Esto lo demuestra que la tasa de reincidencia en estos delitos es bajísima, casi inexistente. 

Esto, por supuesto, no impide que exista un pequeñísimo número de personas cuya peligrosidad subsiste. Así, por ejemplo, en España se calcula que hay alrededor de una treintena (30 personas en 46 millones de habitantes) de delincuentes sexuales muy peligrosos. Estas pocas personas sí que necesitan una atención especial, una vez cumplida su condena: medidas de control y de tratamiento pospenitenciario. Por desgracia, España está bastante atrasada en este ámbito. Es verdad que afecta a muy pocas personas, pero sería importante mejorar este tipo de medidas, para reducir la probabilidad de que cometan nuevos delitos. 

5. Si la Prisión Permanente Revisable no disuade de que se cometan delitos graves, ¿cuál es la fórmula para bajar la criminalidad? 

Está ampliamente demostrado que la evolución de la criminalidad no depende para nada de la gravedad de las penas, sino más bien de otros dos factores: 

a) De la probabilidad de ser identificado, juzgado y condenado. 

b) Del modelo de sociedad: Una sociedad machista genera crímenes machistas y delitos sexuales contra mujeres y menores, una sociedad desigual genera delitos económicos, una sociedad corrupta genera delitos de corrupción, etc. 

Por ello, si se quiere reducir aún más la criminalidad en España (téngase en cuenta que España es ya uno de los países con más baja tasa de delincuencia del mundo), yo solo veo dos cosas que sea posible hacer: 

a) aumentar la eficacia policial en ámbitos muy determinados (violencia contra las mujeres, abusos sexuales a menores, etc.) en los que aún es mejorable (en otros, como el de la investigación de homicidios y asesinatos, la eficacia policial es ya altísima); y 

b) mejorar nuestro modelo de sociedad, reduciendo la desigualdad social, el sexismo, etc. 

6. Juan Carlos Quer ha movido a casi 3 millones de personas en pro de la PPR, ¿por qué cree que tanta gente está a favor de su instauración? 

Pienso que la mayoría de la gente que firma iniciativas como la que indica lo hace movida por una sensación, perfectamente comprensible, de injusticia y de solidaridad con las víctimas: la indignación ante el hecho de que ocurran hechos tan crueles y la necesidad de expresar su asco y su demanda de justicia. 

Sin embargo, a la gente hay que explicarle que en España se hace justicia: prácticamente todos los asesinos van a la cárcel, por muchos años. Y que, por ello, lo que necesitamos no son penas todavía más graves (porque ya lo son mucho), que son completamente inútiles, sino otro tipo de medidas que permitan reducir la probabilidad de que hechos tan graves se repitan. Tan solo reducir esa probabilidad: pues también hay que explicar a la gente que es imposible asegurar que nunca haya nadie que haga algo así; hasta en las sociedades más justas y menos violentas, hay casos de violaciones y asesinatos. Por suerte, en España estamos entre las sociedades con menos casos así. Podemos hacer algo para reducir aún más el número de casos, no con más penas, sino con otras medidas. Pero ciertamente nunca estaremos perfectamente seguros. 

7. ¿Puede que el ruido mediático de algunos casos concretos, (por ejemplo, el asesinato del niño Gabriel Cruz) hayan producido un efecto venganza en la población? 

Pienso que los medios de comunicación tienen una especial responsabilidad a la hora de tratar casos dramáticos de violaciones, asesinatos, etc. Por una parte, es comprensible que les presten mucha atención: son casos infrecuentes, espectaculares, morbosos, que generan mucha atención del público. Pero, por otra parte, sería importante que existiese una autorregulación que respetase ciertos mínimos éticos: no regodearse en los detalles más escabrosos, respetar el dolor de las víctimas, respetar la intimidad de los acusados (al fin y al cabo, inocentes mientras no hayan sido juzgados y condenados). Y, sobre todo, deberían ser especialmente cuidadosos a la hora de no confundir información y opinión: los hechos son los que son (por muy crueles que resulten), y deben ser contados; pero, a la hora de opinar sobre ellos, sería importante que los medios dieran voz a todas las opiniones, cuanto más informadas mejor (a expertos, a asociaciones, etc.), y no solo a las más llamativas, extremistas, emocionales, y que lo hicieran en un ambiente de discusión racional.


Más publicaciones: