Afirmaba el portavoz del
Grupo Parlamentario Socialista, Julio Villarrubia Mediavilla en la Comisión de Justicia del Congreso de los
Diputados, en su intervención del pasado día 15 de enero (hace, pues, tan sólo quince días):
"Esta prisión permanente
revisable introduce imprevisibilidad, no certeza, en la determinación de la
pena, incompatible con los principios constitucionales de reinserción y
reeducación del penado recogidos en el artículo 25.2 de la Constitución española,
que se refiere tanto a las penas como a las medidas de seguridad.
(...)
la
mayoría de la doctrina penal ha sostenido que la constitucionalización del fin
de la pena relativo a la reeducación y reinserción social se inserta en el
catálogo de los derechos fundamentales y libertades públicas, emanando del
principio de la dignidad humana recogido en el artículo 10.1 de la Constitución
española. La pena de prisión permanente revisable supone un obstáculo
insalvable para la reinserción, dada la falta de esperanza del sujeto en su
puesta en libertad, por mucho que esta sea revisable."
Y, sin embargo, éste es el texto de la Proposición de Ley
que el Secretario General del P.S.O.E. se ha comprometido, hoy mismo (hace unos minutos, en realidad), a que sea suscrita por el Grupo Parlamentario Socialista (junto con el Grupo Parlamentario Popular):
"Los delitos de terrorismo a
los que se refiere el apartado 1 del artículo anterior serán castigados con las
siguientes penas:
1º) Con la de prisión por el
tiempo máximo previsto en este Código si se causara la muerte de una
persona."
O sea, en la versión reformada del Código Penal que será aprobada en las próximas semanas, con prisión permanente
revisable. O sea, con una pena que ellos mismos sostienen que es inconstitucional (además de político-criminalmente indeseable).
¿Cuándo, entonces, veremos que el Grupo Parlamentario Socialista acepta la reimplantación de la pena de muerte para ciertos delitos graves? No, no estoy exagerando, el caso es el mismo: se trata también de una pena inconstitucional y político-criminalmente indeseable. Pero, si es por "responsabilidad", si el delito es lo suficientemente grave...
¿Es eso, verdaderamente "responsabilidad"? ¿No ocurre más bien que apoyar la creación e imposición de penas inconstitucionales es, en realidad, un supuesto palmario y gravísimo de dejación de sus deberes por parte de un@s parlamentari@s que saben que su voto va a introducir en el ordenamiento jurídico disposiciones legales flagrantemente antijurídicas?
Dejo ahora a un lado las consecuencias de índole política que cada uno desee extraer, acerca de la doble moral y/o cobardía de adoptar esta actitud. Pero es que, aun dejando esto de lado, como jurista, me siento escandalizado.
¿Qué pensaríamos, en efecto, de un(a) juez que dictase una sentencia reconociendo que la pena que está imponiendo carece de base legal o que su imposición viola garantías constitucionales y, pese a ello, la impusiera? ¿No pensaríamos que se trata de una prevaricación de manual? Pues aplíquense también el cuento, señor@s legislador@s, sedicentemente "responsables" (y también sedicentemente "progresistas"): cometer ilegalidades a sabiendas tiene, en realidad, un nombre muy feo, que no es precisamente el de responsabilidad...