Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento: los Derechos Humanos de ciudadanos y artistas en la era digital
Índice
1 Introducción
2 Demandas legales
3 Directrices para la educación y el acceso al conocimiento (omitidas en esta versión - consúltese en http://fcforum.net)
4 Necesidades estructurales para una sociedad del conocimiento de todos/as y para todos/as
5 Referencias
5.1 Política
5.2 Documentos y fuentes legales
5.3 Declaraciones pasadas en relación con la educación y el acceso al conocimiento
6 Licencia dual
Introducción
La sociedad de la información y el nuevo contexto digital han supuesto una revolución en la forma de crear conocimiento y cultura, y, sobre todo, en la forma de acceder a ellos. Ciudadanos/as, artistas y consumidores/as han dejado de ser sujetos pasivos y aislados/as frente a la industria de producción y distribución de contenidos. Ahora cada persona colabora, participa y decide.
La tecnología, como puente, permite que las ideas y el conocimiento fluyan; acabando así con muchas de las barreras geográficas y tecnológicas que impedían compartir; proporcionado, además, nuevas herramientas educativas y propiciando la aparición de nuevas fórmulas de organización sociales, económicas y políticas. Esta revolución es comparable a la que provocó la imprenta.
A pesar de esto, la industria del entretenimiento, la mayoría de los proveedores de servicios de comunicaciones y los centros de poder siguen basando sus beneficios y su autoridad en el control de los contenidos, de las herramientas y de los canales de distribución, manteniendo una economía de la escasez. Y todo esto violando los derechos de los/as ciudadanos/as a la educación, al acceso a la información, a la cultura, a la ciencia y la tecnología, la libertad de expresión, la inviolabilidad de las comunicaciones y de la privacidad. La protección de intereses privados no debería permitirse cuando produce un atraso en el desarrollo de la sociedad en general, sin tener en cuenta el interés público.
No todas las instituciones, estructuras y convenciones del sistema actual sobrevivirán si no son capaces de adaptarse a los nuevos tiempos. Las que sobrevivan se verán alteradas y redefinidas por la nueva realidad, y es posible que para ello necesiten esquemas de funcionamiento totalmente distintos.
Implicaciones políticas y económicas de la cultura libre
La filosofía de la "cultura libre" amplía drásticamente los espacios para la implicación ciudadana, permitiendo que un amplio abanico de personas y grupos participen y se impliquen en debates públicos. Refuerza la democracia y más tiempos donde más se necesita, como son tiempos de crisis. La cultura libre es una condición previa para hacer real la libertad de expresión, que a su vez es condicio sine qua non para la existencia de la democracia. Ayuda a reducir la brecha digital, liberando el potencial democrático de las nuevas tecnologías.
La cultura libre potencia nuevos modelos de implicación ciudadana en la provisión de bienes públicos y de servicios basados en el procomún. El "gobierno del procomún" hace referencia a las reglas y los límites necesarios y acordados para gestionar la producción colectiva y el acceso a recursos compartidos. El gobierno del procomún reconoce e incorpora la participación, la inclusión, la transparencia, el acceso equitativo, y la sostenibilidad como objetivos a conseguir a largo plazo. Reconocemos el procomún como una forma distinta y deseable de gobierno, no necesariamente ligada a la forma convencional de actuar de las instituciones tradicionales, demostrando la fuerza actual de la sociedad civil.
Entendemos que la economía social, junto con el mercado, constituye una importante fuente de valor. La incorporación de una nueva y revitalizada idea del procomún a través de la tecnología digital (entre otros factores) amplía lo que entendemos por “economía” e insta a los gobiernos a respaldar el procomún al igual que respalda la economía de mercado. Para prosperar, el procomún sólo necesita igualdad de condiciones.
La actual crisis económica ha mostrado los límites de modelos anteriores. Por otro lado la filosofía de la cultura libre, heredada del software libre, es la mayor demostración empírica de que una nueva ética y una nueva empresa son posibles. Ha demostrado que existe una nueva forma de producción que funciona, basada en habilidades e intercambios, donde el/la autor/a o productor/a no pierde el control de la producción y puede liberarse de los mediadores en la producción y en la distribución. Y lo ha hecho basándose en la iniciativa individual, en la solidaridad con otros, con mecanismos de intercambio de acuerdo a las posibilidades y habilidades de cada persona, democratizando el conocimiento, en la educación, por medio de una producción y una distribución justa de los beneficios de acuerdo al trabajo realizado.
Expresamos nuestra preocupación por el bienestar de los/as artistas, investigadores/as, autores/as y otros productores/as creativos/as. En esta Carta proponemos varias fórmulas para recompensar colectivamente la creación y la innovación. El software libre, Wikipedia, las licencias libres en Net Labels o en editoriales de libros y otros muchos ejemplos muestran que el modelo de la cultura libre puede preservar la innovación y que no son necesarios monopolios del conocimiento para producir conocimiento.
La sostenibilidad de la producción de conocimiento y cultura depende significativamente del tipo de ‘producto’ (por ejemplo, los costes de una película son muy diferentes a los de una enciclopedia colaborativa en Internet). Entre los proyectos e iniciativas de cultura libre se pueden identificar varias vías para conseguir sostenibilidad. Algunas de estas vías ya están consolidadas, mientras que otras aún se encuentran en fase de pruebas. Un principio bastante extendido es que la combinación de varias vías de financiación garantiza una mayor independencia de los proyectos.
Los modelos para conseguir una producción cultural sostenible incluyen entre otros: donaciones e intercambios no monetarios (p.ej., regalos, banca y trueque de tiempo); financiación directa (p.ej., subscripciones y donaciones); capital compartido (p.ej., fondos de contrapartida, cooperativas de productores, inter-financiación / economía social, banca P2P, moneda virtual, financiación múltiple, capital abierto, cooperativas comunitarias o de consumidores); fundaciones que garantizan la infraestructura a los proyectos; financiación pública (p.ej., renta básica, fondos de mutua, becas, premios, subsidios, contratos públicos y comisiones); financiación privada (p.ej., inversiones de riesgo, acciones, patronazgo privado, fondo común de inversiones para negocios); actividades comerciales (incluyendo tanto bienes como servicios) y combinación de distribución P2P y streaming de bajo coste. La combinación de estas opciones supone un aumento de la viabilidad de los proyectos, tanto para creadores independientes como para la industria.
Deben existir reglas claras que promuevan el conocimiento común, protegiéndolo de formas de apropiación exclusiva y que prevengan la aparición de monopolios u oligopolios a raíz de dichas apropiaciones.
La era digital conlleva implícita la promesa histórica de un mundo más justo y beneficioso para todos.
Este es el objetivo de las propuestas desarrolladas a continuación.
Demandas legales
Desde un punto de vista legal, se han identificado lagunas que existen en las regulaciones y tratados nacionales e internacionales sobre el acceso a la cultura,tanto en el ámbito empresarial privado como en las relaciones contractuales o en las políticas culturales públicas. Son necesarias reformas para acabar con estos errores prejudiciales. Estas lagunas en las legislaciones vigentes perjudican el interés público e impiden el desarrollo de una industria cultural democrática y puesta al día. Los comportamientos conservadores y defensivos de la industria del entretenimiento han creado una situación donde los creativos y sus audiencias han sido enfrentados unos contra otros. Este conflicto beneficia enormemente a los grupos de presión industriales y gobernamentales dándoles control sobre los flujos globales de información a expensas de los creadores y los consumidores, perjudicando al interés público.
El interés público pasa, sin duda, por respaldar y asegurar una creación continua de obras intelectuales, debido a su importante valor social, y asegurar que toda la ciudadanía pueda acceder a ellas sin trabas, para una gran variedad de usos.
A. Conocimiento común y dominio público • Expansión del dominio público y reducción de los periodos de copyright (menos de 50 años). • Los resultados de investigaciones y las obras intelectuales y culturales financiadas con fondos públicos deberían ser de dominio público. • Debe asegurarse que las obras en el dominio público sean accesibles para la ciudadanía en general.
B. Defensa del acceso a las infraestructuras tecnológicas y neutralidad en la red • Los/as ciudadanos/as tienen derecho a una conexión a Internet que les permita enviar y recibir el contenido que deseen, usar los servicios y aplicaciones que deseen, conectar el hardware y usar el software que deseen, siempre que ello no dañe la red. • Los/as ciudadanos/as tienen derecho a una conexión a Internet libre de todo tipo de discriminación, ya consista ésta en bloquear, limitar o priorizar determinados tipos de aplicaciones, servicios o contenidos, o basada en la ubicación del emisor o el receptor. • No se debería imponer ninguna limitación ni filtrado sin una orden judicial previa.
C. Derechos de los/as ciudadanos/as en contexto digital • DERECHO DE CITA con propósitos educativos o científicos, o simplemente informativos, creativos, u otros cualesquiera. • DERECHO A COPIA PRIVADA cuando la reproducción es para uso privado o para ser compartida entre iguales y no se obtenga ningún beneficio económico, ni directo ni indirecto, de ella. • USO JUSTO: derecho a acceder a y usar obras bajo copyright sin necesidad de la autorización de los propietarios/as del copyright, con propósito educativo, científico, informativo, satírico o accesorio al proyecto creativo principal, siempre que se identifique y se cite correctamente la obra y se respeten todos los derechos morales.
D. Estímulo de la creatividad y la innovación. Expresamos nuestra preocupación por el bienestar de los artistas y autores. Proponemos varias fórmulas para recompensar colectivamente la creación artística y la innovación. • Los creadores/autores deberían recibir una justa compensación por trabajo. En los trabajos creativos por cuenta ajena donde nos se puedan cobrar derechos de autor en tiempos o cantidades razonables, el salario debería ser garantizados. • Las desigualdades en la capacidad de negociación llevan a situaciones injustas entre las personas que crean y las entidades de comercialización. • Cuando existe una explotación comercial de una obra, las reglas relativas a los derechos económicos deberían priorizar la protección de los intereses económicos de las comunidades creativas. • La abolición de todos los “cánones digitales” injustos que sancionan indiscriminadamente en nombre de la “compensación de los/as artistas”, y que tratan de penalizar actividades que no son criminales en modo alguno. • Los/as autores/as y creadores/as deberían tener siempre la posibilidad de revocar el mandato de las ENTIDADES DE GESTIÓN de derechos de autor. • Autores/as y editoriales no deberían ser representados por la misma institución, como ocurría en tiempos de los sindicatos verticales.
• Las sociedades de gestión deberían administrar únicamente las obras que estén registradas en su base de datos. No debería permitirse que la entidades de gestión de derechos de autores sean un monopolio, ni que éstas impidan a los artistas o autores usar licencias libres.
• Las patentes que monopolizan cualquier tipo de software, método comercial, lógica, algoritmo matemático, información genética o seres vivos, los procedimientos industriales, reglas de juego, actividades intelectuales, o de cualquier otro tipo de desarrollo intelectual humano, deberían ser ilegales y no deben ser nunca concedidas.
4. Necesidades estructurales para la sociedad del conocimiento
Privacidad: Los/as ciudadanos/as tienen derecho a: • Navegar por Internet y acceder a sus contenidos de manera anónima. • Decidir en cualquier momento trasladar, modificar o cancelar sus datos de usuario de cualquier servicio de Internet. • No sufrir interceptación alguna de sus comunicaciones, y a poder cifrar sus comunicaciones.
Derecho a las redes: libertad de uso, creación y conexión • La sociedad civil y la administración pública han de tener el derecho a proveer e implementar servicios de conexión a redes, incluyendo aquellos ofrecidos de manera gratuita y sin condiciones a los ciudadanos.
Infraestructuras y regulación del mercado • Neutralidad: la neutralidad de la Red debe ser garantizada (léase Glosario de términos y demandas legales sección C, para una definición más precisa). • Simetría: los proveedores de acceso a Internet deben garantizar conexiones simétricas o una proporción de carga/descarga razonable. Debería existir un acceso a la banda ancha (ITU-i113) como servicio universal para los ciudadanos.. • Diversidad: deberían evitarse los monopolios en las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones. Los ciudadanos tienen derecho a tener acceso a más de un proveedor (público o privado) y a que la oferta de este servicio de Banda Ancha no esté vinculada a la adquisición de otros productos o servicios. En todo caso la ciudadanía tiene derecho a disponer de sistemas, medios e infraestructuras que permita el acceso libre a Internet (”dividendo digital”).
Administración pública: • El sector público, los proyectos financiados con fondos públicos y aquellos que impliquen a los ciudadanos por ley o de manera que afecte sus derechos fundamentales, deberían usar siempre software libre y estándares abiertos. • Cuando no exista una solución libre o estándares abiertos, el gobierno o la administración pública competente debería promover el desarrollo del software que sea necesario. • Los gobiernos deben garantizar un acceso gratuito a Internet no exclusivo, independientemente del lugar de residencia de cada ciudadano.
Cómo debería procederse en la administración pública en temas de evaluación y compra de software • La compra pública de software debería evaluar el coste total de su uso, incluyendo los costes de dejar de usarlo y de migrar a un software alternativo. • La contabilidad pública debería distinguir claramente los costes de las licencias de software, el mantenimiento, el soporte técnico, y el servicio, desvinculándolos de los del hardware.
Referencias
Introducción
* Benkler The Wealth of Networks: How Social Production Transforms Markets and Freedom (Yale Press 2006) [1]
* Ostrom, E. Governing the Commons: The Evolution of Institutions for Collective Action Ostrom, Elinor, Cambridge University Press, 1990.
* Jeremy Rifkin, The Third Industrial Revolution [2]
* Fuster Morell, Mayo (2009) "Online creation communities for the building of digital commons: Participation as an eco-system?” Contribution to the panel on “Organizational principles and political implications” of the International forum on free culture – Barcelona October 30 2009 - Mayo Fuster Morell - Participation as an eco-system
* George, S. 2004. Another World Is Possible If ..., Verso, New York.
* David Bollier "A New Politics of the Commons" Published in Renewal magazine.
* Felix Stalder. Between democracy and spectacle. Limitations of the web2.0 discourse
* Hilary Wainwright: Brainstorming questions responding to the challenge to think about the political implications of free culture
* De la Web 2.0 a la Web Libre y punto: Por una liberación del software y los servicios que dan soporte a la web social (es) From Web 2.0 to Free Web: For the release of software and services that support the social web (en)
* Graeme Chesters and Ian Welsh Complexity and Social Movement: Process and Emergence in Planetary Action Systems
* Lula and Free Software - Lula da Silva, Brazilian President, talks about the importance of Free Software and the Internet at the 10th Free Software Internacional Forum (FISL), in Porto Alegre, Brazil - June 26th, 2009
* Brazilian Digital Culture Forum - public and open social network for the formulation and construction of democratic public policies for digital culture.
Documentos y fuentes legales
* draft document A2K 2005 (http://keionline.org/content/view/235/1)
* Necessary and Urgent Measures to Protect the Knowledge Society by eXgae (http://co-ment.freeknowledge.eu/text/6/)
* La Quadrature du Net on Net Neutrality (http://www.laquadrature.net/en/Net_neutrality)
* Consumer International. IP-watchlist09 (http://a2knetwork.org/sites/default/files/ip-watchlist09.pdf)
* Proposal made to the ONU´s World Organisation for Intellectual Property made by Amigos del Desarrollo (Friends of Development) (Argentina, Bolivia, Brazil, Cuba, Ecuador, Egypt, Iran, Kenya, Perou, Dominican Republic, Sierra Leone, South Africa, Tanzania and Venezuela) (http://www.wipo.int/edocs/mdocs/scp/en/scp_11/scp_11_5.pdf)
* - Daniel J. Gervais. "Towards a New Core International Copyright Norm: The Reverse Three-Step Test" Marquette Intellectual Property Law Review 9 (2005): 1-37(http://works.bepress.com/daniel_gervais/1)
* - Asking for an open internet in Europe (http://www.euopeninternet.eu/)
* The Norwegian principles NRA.(http://www.npt.no/iKnowBase/Content/109604/Guidelines%20for%20network%20neutrality.pdf)
* FCC 4 first principles (http://hraunfoss.fcc.gov/edocs_public/attachmatch/DOC-260435A1.doc)
* Julius Genachowski’s speech from 21 Sept adding principle 5 & 6(http://openinternet.gov/read-speech.html)
* PiratPartiet Principles (http://www.piratpartiet.se/international/english)
* Adelphi_Charter (http://en.wikipedia.org/wiki/Adelphi_Charter)
* BlackOutEurope (http://blackouteusp.wordpress.com/)
* Koleman Strumpf, Felix Oberholzer-Gee - Harvard Business School Report on Filesharing and Copyright (http://www.hbs.edu/research/pdf/09-132.pdf)
* Carta Europea de los Derechos Ciudadanos en la Era Digital (http://www.enriquedans.com/?s=carta&x=0&y=0)
Declaraciones pasadas en relación con la educación y el acceso al conocimiento
* The Budapest Open Access Initiative, 2002, http://www.soros.org/openaccess/read.shtml
* The Berlin Declaration on Open Access to Knowledge in the Sciences and Humanities, 2003, http://oa.mpg.de/openaccess-berlin/berlindeclaration.html
* Capetown Open Education Declaration, 2007, http://www.capetowndeclaration.org
* Open University Campaign, Wheeler Declaration, 2008, http://wiki.freeculture.org/Open_University_Campaign
* Open Standards Definition, http://freeknowledge.eu/definitions/openstandards
* Definition of Free Cultural Works: http://freedomdefined.org/Definition
* Declaration on Libre Knowledge: http://wikieducator.org/Declaration_on_libre_knowledge
* Free Software Definition: http://www.gnu.org/philosophy/free-sw.html
* Why schools should exclusively use Free Software, http://www.gnu.org/philosophy/schools.html
* The Trivandrum Declaration, Free Software, Free Society, 2005, http://fsfs.in/content/trivandrum-decleration
* Indian Free & Open Source community Charter: http://fosscomm.in/Charter
* Franklin Street Statement on Freedom and Network Services: http://autonomo.us/2008/07/franklin-street-statement/
Licencia dual
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