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martes, 17 de diciembre de 2019

Never let go (John Guillermin, 1960)


Never let go es una prototípica película británica del género criminal de las décadas de los años 50 y 60 del pasado siglo, con su característica capacidad para reflejar las tensiones sociales (aquí, fundamentalmente de clase) presentes en una sociedad en reconstrucción a través de una historia de crímenes, criminales de diverso pelaje, víctimas y policías.

Y, sin embargo, lo más peculiar de esta película es el hecho de otorgar particular protagonismo en su historia a la víctima del delito. En efecto, a diferencia de tantos otros ejemplares del género, aquí se presenta a la víctima de un delito (de robo de automóviles), John Cummins (Richard Todd), como el protagonista principal de la trama. Y ello no es baladí, pues, a causa de ello, la película pone el foco sobre un tema que frecuentemente queda orillado, en el trasfondo, en buena parte de las narraciones propias del género: el impacto de cada delito (individualizado) sobre la víctima o víctimas (también individuales) del mismo.

Aquí, se muestra cómo (al igual que ocurría en Ladri di biciclette -Vittorio de Sica, 1948) un delito patrimonial de relativa importancia puede tener, sin embargo, para la víctima individual que lo soporta un efecto económico demoledor, debido a la previa precariedad de la posición (de clase) en la que ya esta se encontraba: la carencia que el delito ocasiona es la gota que colma el vaso, que aboca a la expulsión de la clase trabajadora respetable y a la marginación social.

Y se muestra también un dilema harto presente siempre en la aplicación del Derecho Penal: el hecho de que, pese a toda la retórica propagandística con la que se pretenda disfrazar (ya se sabe: el Derecho Penal como escudo protector de víctimas y potenciales víctimas, frente a la ley del más fuerte...), lo cierto es que los objetivos que realmente persigue la aplicación de la ley penal tienen mucho más que ver con el control social que con la protección efectiva de los intereses de las víctimas de los delitos. Así, en la película, ello se manifiesta a través del enfrentamiento entre John Cummins, víctima, y el inspector Thomas (Noel Willman): mientras que éste da (¿lógicamente?) prioridad a descubrir toda la trama organizada de robo de vehículos de la que Cummins ha sido víctima (una más), éste está única y exclusivamente preocupado por recuperar su automóvil (no asegurado). Porque, ¿de qué me vale a mí -se preguntará- que acaben con la organización criminal y detengan a todos sus integrantes, si, debido a la cautela que dicho objetivo impone a la actuación policial, mi automóvil acaba por haber desaparecido antes de que toda la trama caiga?

Un dilema (interés individual de la víctima/ interés del Estado -y, en el mejor de los casos, también de la mayoría de la sociedad- en asegurar el control social de conductas desviadas) muy real y siempre presente, en mayor o menor medida, en la aplicación del Derecho Penal. En la película, el dilema es resuelto por la decisión firme del protagonista de no esperar a la policía y de actuar por su cuenta, tomándose la justicia por su mano: eso sí, una justicia esencialmente restaurativa (recuperar lo robado), no vindicativa. Sin embargo, me temo que, dejando las fantasías masculinas (de las que la historia narrada en esta película es tan deudora) a un lado, para la mayoría de las víctimas de carne y hueso la resolución de esta tensión ineludible no resulte tan sencillo...

Es posible ver la película completa aquí:




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