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miércoles, 20 de febrero de 2013

Alfredo Fierro (comp.): Manual de psicología de la personalidad

En el marco de los trabajos preparatorios de una investigación sobre prueba del dolo que tengo en proyecto (continuación de un artículo ya publicado), he leído con detenimiento este libro (Paidós, Barcelona, 1996), en el se expone el estado actual de esta rama de la Psicología.

Son muchas, desde luego, las cuestiones que se suscitan a partir de dicha lectura. Para la discusión de muchas de las cuales no soy yo, como es obvio, el más capacitado. No obstante, sí hay dos a las que quisiera referirme, por poseer un especial interés para los problemas (jurídico-penales) de las que yo principalmente me ocupo:

En primer lugar, una de las cuestiones capitales en el ámbito de la Psicología de la personalidad parece ser la de su propio sentido, el de su propio objeto de investigación. En concreto, el debate existente acerca de si puede hablarse, con propiedad, de una verdadera consistencia transituacional del comportamiento individual. O si, por el contrario, la aparente consistencia (asumida sin duda alguna en la "psicología popular" -folk psychology) no constituye más que un error más -uno de tantos- de apreciación de la visión vulgar acerca de la realidad humana. Y, en realidad, la conducta individual obedece más bien a las características de cada situación a la que el individuo se enfrenta que a la permanencia (transituacional) de ciertos "rasgos (de personalidad)" en cada individuo.

He de confesar que resulta difícil prescindir de la idea de que existan en cada individuo ciertas propiedades (psíquicas) disposicionales -"rasgos de personalidad"- en virtud de las cuales resulta más probable que ciertos individuos  actúen, en una determinada situación, de algún modo y otros de otro. (Parece serlo también incluso para científicos adiestrados, como los psicólogos.) De hecho, gran parte de las estructuras de enjuiciamiento de acciones humanas y de atribución de responsabilidad por las mismas se basan en tal presupuesto: piénsese, si no, por lo que hace al Derecho Penal, en buena parte de las teorías de la culpabilidad y de los fines de las penas. (Pero otro tanto podría decirse de otros ámbitos: el de la Psicología moral y la Ética, señaladamente.)

No obstante, hay que reconocer también que la evidencia empírica parece ser, cuando menos, ambivalente: hay amplia evidencia acerca del papel de los factores sociales (de Psicología social) en la configuración de la conducta individual; y, consiguientemente, también de la relevancia de las situaciones; pero también parece haber alguna, pertinente, acerca de la base genética de ciertas características, más consistentes, de la conducta, así como de que otras características, tal vez fruto del aprendizaje, acaban volviéndose bastante rígidas (y, por ende, consistentes).

En el fondo (y ésta es la segunda cuestión que ha suscitado especialmente mi interés), desde la perspectiva de quien está interesado en penetrar en la forma en la que tienen lugar los procesos psíquicos que acaban por dar lugar a la conducta individual (porque, como es mi caso, debe proponer criterios para valorarla y para valorarlos), acaso lo más importante sea determinar si es posible hablar de un verdadero "sistema (dinámico) de la personalidad", en un sentido que se aproxime bastante al concepto estricto de sistema de la teoría de sistemas. En este caso, si tal sistema existiera realmente (es decir, pudiera ser reconocido, como constructo con fuerza explicativa, de la conducta), entonces el objeto de las valoraciones (morales, jurídicas) resultaría más claramente delineado. Por contra, si solamente existen ciertas propiedades disposicionales, pero sin ninguna sistematicidad en su interrelación, la valoración de la personalidad individual devendría problemática, puesto que sería complicado determinar, caso por caso, el grado de incidencia causal de cada una de ellas en un concreto ejemplar de conducta individual. Y, desde luego, peor estaría la cosa si -como reza la crítica situacionista a la psicología de la personalidad- ni siquiera de tales rasgos de personalidad se pudiera afirmar, en sentido estricto, su existencia, esto es, su potencia explicativa.

El problema, por supuesto, es la dificultad para establecer una verdadera base empírica para cualquiera de las tres posibilidades. No obstante, conocer que la duda es posible, y racional, en este ámbito, es ya una ayuda para el teórico de la responsabilidad (penal, en mi caso).


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