jueves, 3 de julio de 2014
¿Es la huelga un derecho fundamental? A la justicia penal española no se lo parece…
(Acabo de publicar en Eldiario.es el artículo con el título arriba indicado, que transcribo aquí.)
Muchos somos quienes hemos
denunciado ya la escasa sensibilidad de la justicia penal española por interpretar –como sería su obligación- las leyes de acuerdo con el Derecho internacional de los derechos humanos que obliga a España: ello resulta
evidente en casos tan sangrantes como la suerte de las víctimas del franquismo
o la interpretación de los delitos de terrorismo. En ambos casos (y en otros
muchos), la gran mayoría de los jueces y tribunales se niegan a hacer valer en
el plano del Derecho interno las recomendaciones e interpretaciones asentadas
en los organismos internacionales competentes. Doblegándose tan sólo cuando se
ven obligados, por condenas directas contra España (como ocurrió, por ejemplo, en
el caso de la “doctrina Parot”).