viernes, 18 de octubre de 2013
La nueva reforma penal, vista desde abajo y a la izquierda (3)
6. Libertad vigilada
Un buen ejemplo de cómo las medidas innecesarias e injustificables poseen, cuando se introducen (y en un ambiente político de punitivismo), esa vis expansiva es, precisamente, el caso de la libertad vigilada. Incluida en el Código Penal, en un arranque de demagogia del Gobierno del PSOE, en la reforma de 2010, para terroristas y delincuentes sexuales (!), el nuevo proyecto pretende extender ampliamente su ámbito de aplicación: así, se prevé la posibilidad de imposición de esta medida de seguridad, después -esto es esencial- de finalizado el cumplimiento de la pena correspondiente, para los delitos de homicidio, lesiones, detenciones ilegales, violencia en el ámbito familiar o de la pareja, trata, delitos sexuales, hurto, robo, hurto de uso de vehículos de motor, estafa, blanqueo de bienes, tráfico de personas, delitos contra la seguridad vial y terrorismo, así como para el nuevo delito de acoso que se crea.