(Ayer me llamó un periodista para preguntarme mi opinión sobre la fundamentación jurídica de los indultos otorgados por el Gobierno a l@s líderes independentistas catalan@s que fueron condenad@s por el Tribunal Supremo, en su Sentencia 459/2019, así como por la comparación entre este caso y el del indulto parcial otorgado a Antonio Tejero Molina de la pena por el delito de rebelión militar. Esto es lo que le contesté.)
Buenas tardes. Intento responder a lo que me preguntas:
Hay que advertir de que, aunque se haya querido comparar ambos casos por razones políticas, desde el punto de vista jurídico poco tienen que ver entre sí:
1º) Los delitos por los que se dictaron condenas en ambos casos fueron diferentes: rebelión militar, en el caso de Antonio Tejero; sedición, malversación y desobediencia, en el caso de los líderes independentistas catalanes condenados.