X

Formulario de contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

miércoles, 25 de enero de 2017

Anatomy of a murder (Otto Preminger, 1959): narratología y prueba judicial


Anatomy of a murder es una de esas películas que se suelen utilizar, de manera habitual, para ilustrar los ciclos sobre "cine y Derecho" o "cine y Derecho Penal". Posee, en efecto, dos características que, según algun@s, la harían particularmente apta para cumplir tal función: versa, como es evidente, de manera prácticamente exclusiva sobre un juicio penal, que se narra desde sus preliminares hasta la sentencia; y, además, al atenerse estrictamente a las convenciones genéricas, convierte un procedimiento tan burocrático como, en el fondo, lo es siempre el judicial en un espectáculo disfrutable y ameno.

Sin embargo, a pesar de todo esto, lo cierto es que la narración que Otto Preminger pergeña en la película acerca del juicio por homicidio contra el teniente Frederick Manion (Ben Gazzara) se apoya, en muy buena medida, en llamativos golpes de efecto, que pretenden impresionar al tiempo al jurado y al(a) espectador(a), a quien se invita de este modo a identificarse con aquél. Se trata, pues, de una narración escasamente fiel a los detalles de lo que en realidad es un juicio penal (también en los Estados Unidos), más atenta al efectismo y al tratamiento de la ironía (de la dialéctica falso culpable-verdadero culpable y de la credulidad institucional) que a la verosimilitud desde una perspectiva realista.

Siendo esto así, no obstante, también lo es que hay un aspecto de la película que puede resultar verdaderamente ilustrativo (aunque raramente se repare en ello): me refiero a la manera, deliberadamente ambigua, en la que se presentan los hechos que están siendo objeto de discusión en el juicio narrado. Y, más exactamente, aquella parte de los hechos que tienen que ver con los elementos internos (básicamente, dolo, motivos y estado de culpabilidad) del acusado a título de autor.

En concreto, la clave es que la película deja ver una serie de hechos que se pueden dar por probados, de entre los cuales algunos resultan relevantes para la determinación de la intención, de los motivos y del estado mental del acusado en el momento de actuar. Pero, como es bastante habitual, tales hechos probados apenas resultan suficientes para construir fundadamente aquellas afirmaciones de índole fáctica que parecen imprescindibles para motivar suficientemente el pronunciamiento acerca de la existencia de responsabilidad, por concurrir (además de los elementos objetivos del delito) también los elementos internos necesarios para ello: si efectivamente hubo premeditación, si existió frialdad de ánimo u obcecación, si el motivo del autor fue o no la venganza,...

Es decir, en la película se pone abiertamente de manifiesto el problema de la infradeterminación empírica de las explicaciones... en el caso del proceso penal, de las acciones humanas (penalmente típicas, al menos desde un punto de vista objetivo). Problema que es común a toda suerte de intentos de explicar eventos, pero que resulta particularmente agudo allí donde -como es el caso- tales eventos son en buena parte mentales (y, por consiguiente, escasamente accesibles ya por principio a la percepción de terceros) y, además, pasados (lo que los vuelve aún menos accesibles).

Podría suceder, pues, que, como argumenta la acusación, Frederick Manion matase a Barney Quill actuando con absoluta frialdad, movido por sus celos y por su deseo de venganza. Pero también es posible que, arrebatado por la agresión de éste contra su esposa, obrase en un estado próximo al trastorno mental transitorio. ¿Quién puede saberlo?

En ciencia, las dificultades que suscita la infradeterminación empírica de las explicaciones de eventos se intenta resolver de muy diversas maneras. La cuestión, empero, que a nuestros efectos resulta más merecedora de atención es el hecho de que, allí donde los procedimientos que las metodologías científica dictan para operar -hasta el límite de lo posible- tal reducción alcanzan su límite, el operador jurídico que actúa dentro del proceso penal (el/la fiscal, el/la abogad@ defensor(a), el/la juez o tribunal) no se conforma, porque no puede hacerlo: al fin y al cabo, su objetivo no es meramente teórico, cognoscitivo, sino práctico, activo; pretende conocer para, merced a dicho conocimiento, justificar una u otra alternativa de acción institucional (acusar o defender, condenar -a una u otra pena- o absolver).

Y, por ello, allí donde no llegan los métodos científicos de reducción de la infradeterminación empírica, allí donde el científico reconoce que varias explicaciones alternativas resultan posibles, suspende el juicio y asume que hay que seguir investigando, el operador jurídico, impedido de adoptar tal solución abstencionista, recurre a la narración: a construir una historia que resulte compatible con todos los hechos suficientemente probados y que sea, además, verosímil.

Obsérvese, sin embargo, que la verosimilitud de una narración es un concepto que depende esencialmente de dos clases de condiciones: primero, de condiciones formales, estilísticas (la historia ha de ser coherente, clara, etc.); y, segundo, de que se adecue en la mayor medida posible (y, cuando menos, en una medida predeterminada por las convenciones, socialmente construidas) a tópicos temáticos preexistentes. De manera que, por lo que a este último aspecto se refiere, apenas podría considerarse verosímil (y, por consiguiente, no resultaría útil para motivar la valoración de la prueba de una resolución judicial) una historia (sobre los motivos, intenciones y estado mental del acusado) que chocase frontalmente con algún tópico sólidamente afirmado y establecido dentro de la ideología dominante (especialmente, de la dominante entre l@s jueces).

¿Cómo podría, en efecto, ningún tribunal llegar a creerse que la mujer que invitó a un varón a su habitación y se desnudó delante de él, adoptando poses "obscenas", no tenía intención alguna de mantener relaciones sexuales de ninguna clase, sino tan sólo llevar a cabo una performance, provocarle para poner en evidencia su machismo? En ausencia de pruebas incontrovertibles de esto último, ningún(a) "juez(a) sensat@" se atrevería a considerar siquiera tal posibilidad...

La cuestión, entonces, es que, a través de la introducción de estructuras y de tópicos narrativos en las relaciones de hechos probados de las sentencias (en la motivación de la valoración de las pruebas tomadas en consideración), se introduce en las mismas un evidente espacio de indeterminación: de distancia entre el elenco de hechos empíricamente evidentes (acreditados, conforme a la metodología de la ciencia) y la explicación completa de la acción que a partir de ello se construye (y que pretende justificar el fallo judicial). Una distancia que se salva, en última instancia, gracias a la ideología: es decir, gracias a las convenciones culturales dominantes (repletas siempre -aunque jamás de manera completamente coherente- de ideología, especialmente de ideología dominante), que sirven para rellenar los vacíos explicativos, hasta volver la explicación final lo suficientemente verosímil para el destinatario de la misma (el órgano juzgador).

Así, si -como ocurre en Anatomy of a murder- una hija está dispuesta a revelar informaciones desagradables acerca de su padre, víctima del delito, y tales informaciones vuelven más verosímil que la víctima fuese una mala persona, entonces la explicación alternativa, sostenida por la defensa, que atribuye la acción homicida del acusado a su alterado estado mental, se vuelve más verosímil: porque, ya se sabe, cualquier "varón normal" reaccionaría ofendido ante un "atentado a su honor" como el constituido por el intento de agresión sexual contra su esposa... dice la ideología dominante (en el medio en el que la película está ambientada).

Poco importa, a estos efectos, que finalmente toda la explicación construida resulte completamente falsa: en ausencia de más datos empíricos que -además- posean un significado indiscutible(mente incriminatorio), la verosimilitud, basada en el "sentido común", se constituirá en criterio principal de guía para la valoración de las pruebas y para la determinación del veredicto sobre los hechos.

Es en este sentido en el que una película como Anatomy of a murder se constituye en una ilustración perfectamente didáctica, acerca de los métodos y de las indeterminaciones de la praxis forense en materia de hechos, especialmente de hechos psíquicos.




Más publicaciones: