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lunes, 2 de febrero de 2015

¿Es "responsable" proponer penas inconstitucionales?


Afirmaba el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Julio Villarrubia Mediavilla en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, en su intervención del pasado día 15 de enero (hace, pues, tan sólo quince días):

"Esta prisión permanente revisable introduce imprevisibilidad, no certeza, en la determinación de la pena, incompatible con los principios constitucionales de reinserción y reeducación del penado recogidos en el artículo 25.2 de la Constitución española, que se refiere tanto a las penas como a las medidas de seguridad.

(...)

la mayoría de la doctrina penal ha sostenido que la constitucionalización del fin de la pena relativo a la reeducación y reinserción social se inserta en el catálogo de los derechos fundamentales y libertades públicas, emanando del principio de la dignidad humana recogido en el artículo 10.1 de la Constitución española. La pena de prisión permanente revisable supone un obstáculo insalvable para la reinserción, dada la falta de esperanza del sujeto en su puesta en libertad, por mucho que esta sea revisable."


"Los delitos de terrorismo a los que se refiere el apartado 1 del artículo anterior serán castigados con las siguientes penas:

1º) Con la de prisión por el tiempo máximo previsto en este Código si se causara la muerte de una persona."

O sea, en la versión reformada del Código Penal que será aprobada en las próximas semanas, con prisión permanente revisable. O sea, con una pena que ellos mismos sostienen que es inconstitucional (además de político-criminalmente indeseable).

¿Cuándo, entonces, veremos que el Grupo Parlamentario Socialista acepta la reimplantación de la pena de muerte para ciertos delitos graves? No, no estoy exagerando, el caso es el mismo: se trata también de una pena inconstitucional y político-criminalmente indeseable. Pero, si es por "responsabilidad", si el delito es lo suficientemente grave...

¿Es eso, verdaderamente "responsabilidad"? ¿No ocurre más bien que apoyar la creación e imposición de penas inconstitucionales es, en realidad, un supuesto palmario y gravísimo de dejación de sus deberes por parte de un@s parlamentari@s que saben que su voto va a introducir en el ordenamiento jurídico disposiciones legales flagrantemente antijurídicas?

Dejo ahora a un lado las consecuencias de índole política que cada uno desee extraer, acerca de la doble moral y/o cobardía de adoptar esta actitud. Pero es que, aun dejando esto de lado, como jurista, me siento escandalizado.

¿Qué pensaríamos, en efecto, de un(a) juez que dictase una sentencia reconociendo que la pena que está imponiendo carece de base legal o que su imposición viola garantías constitucionales y, pese a ello, la impusiera? ¿No pensaríamos que se trata de una prevaricación de manual? Pues aplíquense también el cuento, señor@s legislador@s, sedicentemente "responsables" (y también sedicentemente "progresistas"): cometer ilegalidades a sabiendas tiene, en realidad, un nombre muy feo, que no es precisamente el de responsabilidad...


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