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miércoles, 11 de julio de 2012

Stand Up to American's UnAmerican Unionbusting

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"Doctrina Parot": de fuera vendrán... y la verdad te dirán


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dicho, por fin, lo que había que decir: que la llamada "doctrina Parot" (el cambio de interpretación que el Tribunal Supremo español impuso hace unos años -por razones eminentemente políticas- en las condiciones para la obtención de beneficios penitenciarios en los concursos reales de delitos, volviéndolos en la práctica de imposible consecución para muchos penados) es contraria al derecho fundamental a la legalidad penal, por constituir una interpretación retroactiva, que alteró el ámbito efectivo de aplicación de una disposición penal, en contra del reo (de reos ya condenados y que estaban cumpliendo la pena) y sin razón alguna que lo justifique.

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