He leído con interés -como siempre hago con sus trabajos- estos días el artículo de
Rafael Alcácer Guirao, Prevención y garantías: conflicto y síntesis (Doxa 25 (2002), pp. 139 ss.). El artículo versa sobre el venerable debate acerca del contenido de la culpabilidad, en tanto que límite a la responsabilidad penal por hechos típicamente antijurídicos (y, si es que los tipos penales están legítimamente configurados, lesivos); y de la relación entre dicho elemento del delito y los objetivos preventivos del Derecho Penal. Esto es, sobre el papel de la culpabilidad en una concepción "moderna" de la responsabilidad penal (Derecho Penal con fines preventivos, concepción no moralista de culpabilidad, atención a los contenidos de las ciencias sociales en torno a la libertad de voluntad).